RÉGIMEN DE AYUDA
Las ayudas consisten en una prima cuya cuantía básica se establece en 20.000 €, que puede incrementarse en los siguientes importes:
a) 5.000 € cuando el joven se instala como miembro de una entidad asociativa, que no sea unipersonal, con personalidad jurídica. Las solicitudes que se acojan a este incremento del importe base no podrán acogerse a los apartados b) y c).
b) 10.000 € cuando en la solicitud de ayuda se prevea la utilización de más de 2 UTA y hasta 3 UTA tras la implementación del plan empresarial.
c) 15.000 € cuando en la solicitud de ayuda se prevea la utilización de más de 3 UTA tras la implementación del plan. Este apartado es excluyente con el anterior.
d) 10.000 € para las solicitudes que prevean la instalación en una explotación mixta con al menos 0,5 UTA en orientaciones agrícolas y 0,5 en orientaciones ganaderas.
e) 5.000 € si la explotación está ubicada en su mayor parte en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, según el PDR CV 2014-2020 o en zonas incluidas en la red Natura 2000.
f) 15.000 € si la explotación se encuentra ubicada en su mayor parte en zonas de montaña, según el PDR CV 2014-2020. Este apartado es excluyente con el anterior.
g) 5.000 € si la solicitud prevé que la explotación disponga de instalaciones para el acondicionamiento y/o transformación de, al menos, el 25% de la producción obtenida.
h) 5.000 € si el plan empresarial contempla la recuperación de tierras en estado de abandono, que supongan al menos el equivalente a 0,3 UTA.
En cualquier caso, el importe total de la ayuda puede alcanzar como máximo los 70.000 €.
ENLACE INTERNET DEL PROCEDIMIENTO
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=571&version=amp